Novedades: Disposición 9/2022
En el día de ayer se publicó en el boletín oficial la Disposición 9/2022 emitida el pasado 08/07 por la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo. Dicha norma reemplaza el anexo de partidas arancelarias sujetas a la tramitación de Licencias No Automáticas para las importaciones a consumo.
La Resolución N°523 del 5 de julio de 2017 de la ex SECRETARIA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCION es la que instrumentó un Sistema de Licencias de Importación. Este sistema provee información estadística sobre importaciones, permite identificar comportamientos disruptivos del comercio exterior, de forma tal que se convierte en una herramienta clave para la gestión de la política comercial externa.
En este sentido, y atendiendo a la actual coyuntura económica, la Subsecretaría consideró indispensable modificar las NCM sujetas a la tramitación de Licencias No Automáticas para aquellos bienes que se importen a consumo, a fin de evaluar los flujos comerciales de estos artículos.
A continuación, detallamos los principales cambios:
– Posiciones Arancelarias que pasan de Licencia Automática (LA) a Licencia No Automática (LNA) Anexo II:
4201.00.90
5511.10.00
5511.20.00
8509.40.40
8509.40.90 Únicamente exprimidores de cítricos
8516.31.00
8518.21.00
8518.30.00
8527.13.00
8527.19.90
8543.70.99 Únicamente máquinas para la validación de criptomonedas (“minadoras”)
– Posición Arancelaria que pasa de Licencia No Automática (LNA) Anexo XI a Licencia Automática (LA):
0407.90.00
Anexo con el detalle de NCM con Licencias No Automáticas.
Les recordamos a las empresas asociadas, que cualquier inquietud sobre el tema pueden canalizarla a través de la Ventanilla Única de ADIMRA en el siguiente link: Consultas de Comercio Exterior
Fuente: ADIMRA