05 Jun 2025

Nuevo Acuerdo Salarial entre UOMRA y Cámaras Metalúrgicas

El día 4/06, la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOMRA) y las cámaras empresarias del sector metalúrgico —con excepción de CAMIMA— firmaron un nuevo acuerdo salarial que regirá para el período comprendido entre abril y agosto de 2025.

La aplicación efectiva del acuerdo queda sujeta a su correspondiente homologación.

Quedan pendientes la presentación de planillas y la ratificación formal de las partes intervinientes.

Ver acuerdo AQUÍ

El acuerdo incluye los siguientes puntos destacados:


1) Incrementos salariales sobre los básicos de convenio:

  • 3,3% a partir del 1° de abril de 2025

  • 1,2% a partir del 1° de mayo de 2025

  • 1,1% a partir del 1° de junio de 2025

  • 1,0% a partir del 1° de julio de 2025

  • 1,0% a partir del 1° de agosto de 2025


2) Gratificación extraordinaria no remunerativa:

Se acordó el pago de una gratificación extraordinaria de carácter excepcional y no remunerativa, según el siguiente esquema:

  • $30.000 con los haberes de abril 2025

  • $25.000 con los haberes de mayo 2025

  • $25.000 con los haberes de junio 2025

  • $25.000 con los haberes de julio 2025

  • $25.000 con los haberes de agosto 2025


3) Base de cálculo:

A partir del 1° de septiembre de 2025, se establece un incremento del 3,2% sobre los salarios básicos vigentes al 31 de agosto de 2025, a efectos de incorporar las sumas no remunerativas al salario.


4) Ingreso Mínimo Global de Referencia:

  • $877.796 a partir del 1/4/25

  • $882.351 a partir del 1/5/25

  • $891.750 a partir del 1/6/25

  • $900.389 a partir del 1/7/25

  • $909.114 a partir del 1/8/25


Asimismo, las partes acordaron reunirse a partir del 15 de septiembre de 2025 para revisar el cierre del presente acuerdo, con vigencia hasta el 31 de agosto de 2025.