
Impuesto PAIS – Etapa II: Devolución de pagos a cuenta no computados
El Departamento de Comercio de ADIMRA informa que se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General N° 5765/2025 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que restablece el procedimiento especial de devolución de pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS.
Este régimen alcanza a operaciones de importación de bienes que, por distintas razones, no permitieron computar los pagos a cuenta en su momento.
Las operaciones comprendidas son:
- Importaciones con ingreso aduanero hasta el 12/12/2023, en las que:
- No se accedió al mercado oficial de cambios ni se suscribieron BOPREAL.
- Se suscribieron BOPREAL con alícuota 0%.
- Se accedió parcialmente al mercado de cambios o a los bonos.
- Importaciones con ingreso aduanero entre el 13/12/2023 y el 24/11/2024, sin posibilidad de computar el pago a cuenta.
Se reabre el Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS, y los operadores podrán registrar sus solicitudes entre el 6 de octubre y el 19 de noviembre de 2025. La inscripción se realizará mediante Clave Fiscal nivel 3 en el sitio web de ARCA.
La devolución se efectuará en cuotas, con la primera disponible a partir del 15 de diciembre de 2025.
Para mayor información sobre el procedimiento, los requisitos y las condiciones aplicables, se puede acceder al micrositio de ARCA: www.arca.gob.ar/impuesto-pais.
Descargar: «Resolución General N° 5765/2025»
Fuente: ADIMRA