Flexibilización de requisitos técnicos para importaciones: se publicó el Decreto 892/2025
El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el Decreto 892/2025, que establece un nuevo régimen para la acreditación de requisitos técnicos de productos importados, introduciendo una flexibilización en los procedimientos de evaluación de la conformidad para su importación y comercialización en el país.
La norma dispone que se considerarán cumplidas las exigencias técnicas cuando los productos importados cuenten con certificados de conformidad emitidos por autoridades u organismos reconocidos en países incluidos en el Anexo I del Decreto, posean certificados o ensayos de laboratorios acreditados que avalen el cumplimiento de normas técnicas locales, o se encuentren autorizados para su comercialización en alguno de los países de referencia establecidos por la normativa.
El nuevo esquema alcanza también a determinados productos bajo fiscalización de ANMAT, como productos médicos de bajo riesgo, de higiene personal y cosméticos, así como a productos controlados por SENASA, tales como productos veterinarios y fitosanitarios, siempre que se cumplan condiciones específicas de certificación y la correspondiente declaración jurada.
Quedan excluidos de este régimen, entre otros, las armas, los productos usados, los productos alimenticios y medicamentos, los productos agropecuarios sin procesamiento industrial y aquellos alcanzados por leyes especiales.
El Decreto también define qué organismos serán considerados válidos como certificadores o laboratorios acreditados, priorizando aquellos reconocidos por el Organismo Argentino de Acreditación (OAA) o por sus equivalentes internacionales.
Asimismo, la norma delimita el rol de la Aduana, que se limita al control de la operación aduanera, sin intervenir en la verificación de la seguridad, calidad o conformidad técnica de los productos. Estos controles se realizarán exclusivamente a través de los canales de selectividad general y análisis de riesgo vigentes, quedando expresamente prohibida la aplicación de controles discrecionales.
Es importante destacar que el Decreto 892/2025 no deroga la Resolución 237/2024, sino que la complementa y condiciona en la práctica, reduciendo el universo de casos en los que resulta necesario aplicar plenamente los procedimientos del Marco General de Evaluación de la Conformidad.
La medida entrará en vigencia a los 60 días de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el 15 de febrero de 2026.
Fuente: ADIMRA