Dictamen jurídico de la SRT sobre cálculo alícuota – Aportes No Remunerativos Dec. 1043/2018
El 21 de febrero ADIMRA informó sobre el dictamen jurídico emitido por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo en respuesta a la consulta cursada por esta entidad a través de una nota (que se adjunta al pie), en relación al cálculo de la alícuota de las aseguradoras de riesgos del trabajo sobre los aportes no remunerativos correspondientes al Decreto 1043/2018 – pago de la asignación no remunerativa de pesos cinco mil (5.000).
En tal sentido se resalta el punto 2.1 de dicho dictamen:
“2.1. Cuando en forma total o parcial el monto de la ANR no hubiera sido objeto de compensación por incrementos de ingresos colectivos, pactados en concepto de revisión salarial de la pauta correspondiente a la negociación colectiva del año 2018 o por incrementos unilaterales otorgados a partir de enero de 2018, dicha suma no íntegra la base de cálculo en virtud de que si bien es un concepto no remunerativo, no es habitual, pues no se declara mensualmente sino excepcionalmente y por lo tanto, excluido conforme lo dispuesto el art. 10 in fine de la Ley N° 26.773 y por el artículo 43 de la Resolución SRT N° 298, dado que no integra el salario, aun cuando se liquide conjuntamente con él.”
Descargar archivo «Nota ADIMRA Consulta alicuota ART.pdf»
Descargar archivo «Dictamen SRT IF-2019-09680599-APN-GAJYN.pdf»
Fuente: ADIMRA