
ARCA extiende el plazo para la presentación de la DJIP
El plazo para completar la DJIP se extiende hasta el 4 de septiembre de 2025
A través de la Resolución General (ARCA) N° 5.720 se implementó un procedimiento especial de devolución de los pagos a cuenta del Impuesto PAIS para determinadas operaciones, mediante la presentación de la Declaración Jurada de Devolución de pagos a cuenta del Impuesto PAIS por Importaciones de Bienes (DJIP).
Ante las solicitudes recibidas por parte de diversos operadores de comercio exterior y con el fin de facilitar la incorporación de los despachos de importación comprendidos en la Resolución General N° 5.720, ARCA dispuso una prórroga del plazo para la presentación de dicha declaración jurada.
De esta manera, a través de la Resolución General N° 5.749, se extendió el plazo hasta el 4 de septiembre de 2025 para completar la DJIP.