07 Oct 2019

«El decreto tiene como destino ser claramente cuestionado»

Esteban Márquez, delegado del Ministerio de Trabajo en nuestra ciudad, se refirió a la nueva forma de calcular la indemnización por accidentes de trabajo y bajarán los pagos a los trabajadores.

El Gobierno modificó el modo en que se actualizan las indemnizaciones por accidentes laborales y los trabajadores verán sensiblemente reducidos los montos que cobrarán por ese concepto. En el Decreto 669/2019, publicado este lunes, el Ejecutivo invoca la necesidad de asegurar la continuidad del Sistema de Riesgos del Trabajo.
El cambio más importante que impone el decreto que modifica la Ley N° 24.557 es que desde ahora, el cálculo del «ingreso base» de los trabajadores, la cifra que se usa para determinar cuánto se le paga al trabajador accidentado en concepto de indemnización, se actualizará siguiendo la variación del índice de Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y no por medio de la tasa activa de interés que pagan los bancos.

Esa modificación reducirá sensiblemente lo que se pagará por indemnizaciones por accidentes. Para tener una magnitud de la pérdida que significará para los trabajadores, basta con comparar la variación del índice salarial mencionado durante 2018 -fue de 30,6%- con la tasa de interés del Banco Nación, que paga 71,77% por año, y 100,82% en caso de la tasa efectiva.
Al respecto, Esteban Márquez, delegado del Ministerio de Trabajo en nuestra ciudad, manifestó que «es un decreto de necesidad de urgencia que modifica la forma de actualización de una de las variables de la indemnización. Cuando un trabajador tiene un accidente tiene una primera manifestación invalidante y tiene un transcurso de tiempo en donde se trata esa manifestación, hasta que la comisión médica determina el porcentaje de incapacidad», dijo y sostuvo a la vez que «la indemnización del trabajador tiene algunas variables. Una es el valor del ingreso base y el otro es el porcentaje de incapacidad en cuanto a relevancia. La cuestión pasa por el ingreso base, que es un promedio de las 12 remuneraciones anteriores al accidente. Si el trabajador se accidentó en enero de este año, el ingreso base se va a calcular sobre las 12 remuneraciones anteriores. Ese valor no va a ser el mismo en enero que obviamente que en noviembre de este año al trabajador se le de el alta y se le dictamine el porcentaje de incapacidad», expresó.
En tanto, añadió que «la Ley de riesgo de trabajo tenía una forma de actualizar ese valor del ingreso base que estaba dada por una determinada tasa de interés del banco de la Nación Argentina, que lo que pretendía era resguardar patrimonialmente el derecho del trabajador a cobrar la indemnización. Este decreto, con la necesidad de urgencia, lo que hace es modificar la tasa que se le va a aplicar al ingreso base. Y acá nos vamos a encontrar con que la tasa que se aplicaba antes era equivalente al promedio de la tasa activa y la nueva tasa es una tasa de interés que tiene que ver con el promedio de las remuneraciones imponibles promedio», dijo Márquez.

ANÁLISIS
Para tener una magnitud de lo que estamos hablando, en el año que pasó, la tasa del banco Nación llegó cerca del 90% y la tasa del RIPTE no llegó al 45%.  «Esto tiene que ver con los trabajadores que han tenido un accidente, que están bajo prestación médica, y que le tienen que liquidar la indemnización», agregó el delegando. En tanto, analizó que «con todo esto, obviamente la indemnización va a ser menor. El decreto tiene como destino ser claramente cuestionado por una cuestión de constitucionalidad. Primero, no podemos modificar una ley del Congreso por medio de un decreto de necesidad y urgencia. Resulta cuestionable desde ese punto de vista y como segundo punto uno debe analizar si existía la necesidad y la urgencia, porque esto lo único que hace es tratar de resguardar los intereses de las aseguradoras de riesgo de trabajo. Estamos atacando las consecuencias y no las causas», expresó.
El decreto argumenta sobre la necesidad de modificar el artículo 12 de la ley que establece cuál será el ingreso base para calcular el monto de las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva o muerte del trabajador: “No obstante el propósito tenido en vista por el legislador, la manera en que ulteriormente evolucionaron las variables macroeconómicas que inciden en las tasas bancarias, ha determinado que ese método de ajuste no alcance el fin pretendido y comprometa la estabilidad y continuidad del sistema instituido en beneficio de los trabajadores”, dice el decreto. “Actualmente el rendimiento financiero de los activos de la industria aseguradora es del orden del 42% promedio, mientras que la tasa de interés vigente para las indemnizaciones por contingencias previstas en la Ley N° 24.557 y sus modificaciones, asciende a niveles cercanos al 90%”, indica la nueva norma.

Fuente: La Opinion