Ganancias 4ta categoría: Aumento del haber mínimo imponible (Decreto 714/2022)
A partir del día 01/11/2022 se incrementó el monto de la remuneración y/o haber bruto, a partir del cual se tributa el Impuesto a las Ganancias 4ta. categoría a $330.000 mensuales.
Dicho tope de ingresos mensuales aplica para los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados, quienes quedarán exceptuados de pagar el impuesto a las ganancias.
Por otro lado, en lo que respecta a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) de 2022, deberá considerarse el mismo monto de remuneración y/o haber bruto mencionado. Asimismo, y con efecto exclusivo para los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto supere la suma equivalente a $330.000 mensuales, pero no exceda de $431.988 mensuales, inclusive, AFIP se encargará de establecer el monto deducible adicional pertinente.
La presente disposición resultará de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1/11/2022 inclusive.
Podrán consultar el decreto en referencia en el siguiente enlace: Decreto 714/2022
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Fuente: ADIMRA