17 Oct 2024
Modificaciones en el Derecho de Importación Extrazona
Mediante el Decreto 908/2024 se han introducido importantes modificaciones en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) en relación al Derecho de Importación Extrazona (DIE) y los Reintegros a la Exportación para determinadas posiciones arancelarias.
Principales puntos tratados por anexo:
- Se introduce en el ordenamiento jurídico de la Argentina los cambios aprobados por la Decisión N° 12/23 del Consejo del Mercado Común y algunas Resoluciones del Grupo Mercado Común (GMC). Las mismas corresponden al Anexo I. Asimismo se incluyen las adecuaciones de las descripciones, AEC y RE (Anexo II).
- El Anexo III corresponde a la Lista de Excepciones al Arancel Externo Común.
- En el Anexo IV se establecen los Bienes de Capital (BK) con DIE diferencial.
- Se modifica la lista de posiciones arancelarias con niveles de derechos de importación diferenciales. La misma se puede encontrar en el Anexo V.
- La lista de Excepciones sobre el Reintegro a la Exportación es el Anexo VI.
- El listado de bienes de capital usados cuya importación está prohibida corresponde al Anexo VII.
Para un análisis detallado de estos cambios en los derechos de importación extrazona, pueden descargar el documento completo al pie de este comunicado.
Descargar: «Análisis del decreto 908/2024»
Fuente: ADIMRA