10 Sep 2020

Novedades ATP

El Ministerio de Desarrollo Productivo informó las condiciones que tendrán que cumplir las empresas para que los créditos a tasas preferenciales que recibieron en el marco del ATP se transformen en subsidios.

A continuación los detalles que contemplan exclusivamente a las empresas que accedieron a los créditos en el marco del programa ATP. Cada tramo de empresa tendrá niveles diferentes de exigencia para ser beneficiario de los Aportes No Reembolsables(ANR). Esto significa que la empresa tendrá que ir pagando las cuotas y que si cumple con las metas podrá o no tener un reembolso. El Gobierno informó los ejes centrales, pero falta la reglamentación que se publicará en los próximos días.

A continuación les compartimos los puntos centrales de lo anunciado:

Hay cuatro tramos de empresas que se definirán según la dotación de empleados que tengan al 4to Trimestre 2020. Las metas y comparaciones siempre serán en términos trimestrales y se compararán ya sea contra el mismo trimestre de 2020 o de 2019, según corresponda en cada caso. Las evaluaciones y las devoluciones serán trimestrales.

1) Empresas que tengan menos 9 Trabajadores: Si a lo largo del periodo 2021 mantienen la misma dotación de trabajadores, se les devuelve el 20% del crédito. Si contratan a 1 trabajador se les devuelve el 60% del crédito al final del periodo y si contrataron 2 o más el 100% del crédito.Las evaluaciones y las devoluciones serán trimestrales.

2) Empresas que tengan entre 10 y 39 Trabajadores: Si a lo largo del periodo 2021 mantuvieron la dotación, se les devuelve el 10% del crédito. Si contratan 1 trabajador, se les reintegra el 40% del crédito; si contrataron 2 trabajadores el 60%; si contrataron 3 trabajadores el 80% del crédito; si contrataron 4 o más trabajadores el 100% del crédito. Las evaluaciones y las devoluciones serán trimestrales.

3) Empresas que tengan entre 40 y 199 Trabajadores: Si a lo largo del periodo 2021 mantuvieron la dotación, se les devuelven 20.000 pesos; por cada trabajador adicional que contraten se les reintegran 40.000 con un tope máximo a reintegrar durante todo el año de 1,5 millones de pesos. Las evaluaciones y las devoluciones serán trimestrales.

4) Empresas que tengan entre 200 y 800 Trabajadores: Por cada trabajador adicional que contraten se les reintegran 40.000 con un tope máximo a reintegrar durante todo el año de 1,5 millones de pesos. Las evaluaciones y las devoluciones serán trimestrales.

Aclaración: para que se efectúen los reembolsos, la empresa deberá tener al día la presentación del Formulario 931 AFIP, y el reintegro será nulo si la empresa tiene empleados suspendidos en el período que se utiliza para la comparación. Desde ADIMRA les informaremos de los detalles apenas se publique la reglamentación correspondiente. Para más información pueden acceder aqui: https://www.argentina.gob.ar/produccion/medidas-pymes-covid#1