Novedades Coronavirus
Les compartimos el Boletín del día de hoy con las últimas novedades:
1) Decreto 355/2020: Extensión aislamiento:
El decreto 355/2020 prorroga la vigencia del «Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio» hasta el 26 de abril de 2020 inclusive. El artículo 2° del decreto establece que los Gobernadores de las provincias y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán solicitar la excepción de cumplimiento para el personal afectado a determinadas actividades y servicios, o para las personas que habiten en áreas geográficas específicas y delimitadas. Dicho pedido deberá ser canalizado vía Jefatura de Gabinete y con previa intervención de la autoridad sanitaria nacional.
2) Decisión Administrativa 490/2020:
La Decisión Administrativa incluyó, entre otros puntos, las siguientes actividades y servicios como exceptuados:
• Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.
• Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
• Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.
3) Resolución General AFIP 4.693: Interpretación
Desde ADIMRA se ha realizado un informe específico sobre la interpretación RG 4.693 que fuera publicada la semana pasada a partir de las consultas e inquietudes que han plateado los representados de ADIMRA a lo largo de los últimos días. Si bien hasta el momento no todos los beneficios han sido reglamentados por el Poder Ejecutivo Nacional, sea su origen en algún Ministerio o en la Jefatura de Gabinete de Ministros, sugerimos la registración en el servicio Web puesto a disposición por la Resolución General. Encontrarán adjunto el informe específico preparado por el Asesor Impositivo de ADIMRA, el Dr. Mario Alberto Gaya. Por consultas impositivas podrán comunicarse al teléfono (011) 4627-0571 o al correo electrónico adimra@estudiogaya.com.ar.
4) Certificado PyME: Vencimientos operados 31/03 y renovación
Desde la Secretaría para la Pequeña y Mediana Empresa y Emprendedores informaron que las empresas cuyos certificados tuvieran vencimiento el 31/03/2020, deberán tramitar la reinscripción manual por medio del formulario 1272 disponible desde la página web de AFIP. A partir del 30 de abril del 2020 la renovación en el registro será automático para aquellas empresas que tengan presentadas las declaraciones juradas de IVA y de Cargas Sociales de los últimos 3 ejercicios.
5) Feria Fiscal: prórroga
La Resolución General 4.695 de la AFIP oficializó la prórroga de la vigencia de la feria fiscal extraordinaria hasta el 26 de abril, fecha hasta la que se extiende un nuevo período de cuarentena en todo el país
6) Reunión ADIMRA- Banco Provincia:
Las autoridades de ADIMRA mantuvieron hoy por la mañana una reunión con autoridades del Banco Provincia. Desde ADIMRA se planteó las condiciones en las que hoy está ofreciendo el crédito el Banco y desde la institución adelantaron que el directorio del BAPRO ofrecerá una línea para el pago de nómina a 12 meses con 3 meses de gracia, tasa del 24%. Podrán acceder adjunto a un resumen de la reunión. Les reiteramos que aquellas empresas que tengan algún tipo de dificultad para acceder a algún instrumento de financiamiento contesten completen la siguiente información para que elevemos el reclamo: https://forms.gle/HjTULevwzPjWnbDL9
Para aquellas empresas que tengan dudas sobre el tema, recordamos que ADIMRA cuenta con asesoramiento en esta materia y Tomás Canosa (tcanosa@adimra.org.ar; o de 10 a 18hs al 15 5374 6676) y Noelia Abbate (nabbate@adimra.org.ar) están a disposición para responder cualquier consulta o inquietud por este tema.
Descargar PDF: «Minuta reunión BAPRO ADIMRA»
Descargar PDF: «Resolución General (AFIP) Nº 4.693 – Interpretación»
Fuente: ADIMRA