26 Jun 2020

Novedades Coronavirus

Compartimos el Boletín del día de hoy con las últimas novedades:


1) Beneficio Salario Complementario (ATP):

La AFIP anunció hoy que el registro para acceder al beneficio del Salario Complementario contemplado en el ATP estará habilitado hasta el 3 de Julio. Las empresas tendrán tiempo hasta esa fecha para solicitar el beneficio. Recordamos que aquellas empresas que lo hayan recibido previamente también tendrán que volver a inscribirse. La facturación que toma como parámetro la AFIP para determinar el beneficio es la de mayo 2020 con respecto a mayo 2019. Desde ADIMRA estamos esperando que se publiquen en el Boletín Oficial mayores detalles sobre el alcance y las condiciones porque hasta el momento no han sido informadas oficialmente. Los mantendremos al tanto de las novedades que haya sobre el tema en los próximos días.


2) Novedades en materia impositiva:

La AFIP publicó hoy en el Boletín Oficial una serie de normativas. Les compartimos el resumen así como el link para el acceso a la resolución:

2.1) Suspensión de embargos a las PyMEs: La Resolución General N° 4740 prorroga hasta el 31 de julio de 2020 la suspensión de traba de medidas cautelares. Link a la normativa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/231227/20200626

2.2) Suspensión de nuevas ejecuciones fiscales: La Resolución General N° 4741 suspende la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias hasta fines de julio, incluso en las jurisdicciones donde se levantó la feria judicial  extraordinaria. Link a la normativa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/231228/20200626

2.3) Régimen de facilidades de pago de planes caducos: La Resolución General N° 4742 extiende hasta finales de julio el plazo de adhesión al nuevo régimen de facilidades de pago que permite financiar las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social incluidas en planes caducos para empresas, monotributistas y autónomos. La normativa aclara que la primera cuota vencerá el día 16 del mes inmediato siguiente a aquel en que se formalice la adhesión, excepto para los planes presentados hasta el día 31 de mayo de 2020, inclusive, en cuyo caso el vencimiento operará el día 16 de julio de 2020. Link a la normativa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/231230/20200626

2.4) Presentación Estados Contables: Las sociedades que cerraron sus ejercicios fiscales entre noviembre y enero debían presentar estados contables entre mayo y junio. La Resolución General N° 4743 trasladó esas obligaciones al 18 de agosto. Link a la normativa: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/231230/20200626


3) Normativa Cambiaria: Comunicación 7.052

A través de la Com. A 7052 el BCRA estableció que las disposiciones previstas en el punto 2 de la Comunicación “A” 7030 y complementarias se mantendrán en vigor hasta el 31.07.2020.

Recordamos el punto indicado referido al “cupo”: una declaración jurada del cliente dejando constancia que el monto total de los pagos asociados a sus importaciones de bienes cursados a través del mercado de cambios durante el año 2020, incluido el pago cuyo curso se está solicitando, no supera el monto por el cual el importador tendría acceso al mercado de cambio al computar las importaciones de bienes que constan a su nombre en el sistema de seguimiento de pagos de importaciones de bienes (SEPAIMPO) y que fueron oficializadas entre el 01.01.2020 y el día previo al acceso al mercado de cambios.

Asimismo con vigencia a partir del 06.07.2020 se establece que este requisito no será de aplicación para las siguientes nuevas situaciones (además de las ya contempladas en las Comunicaciones anteriores):

1)     La realización de pagos diferidos o a la vista de importaciones de bienes que correspondan a operaciones que se hayan embarcado a partir del 01.07.2020 o que habiendo sido embarcadas con anterioridad no hubieran arribado al país antes de esa fecha.

2)     La realización de pagos de importaciones con registro aduanero pendiente en la medida que el monto pendiente de regularización por parte del cliente por pagos semejantes realizados a partir del 01.09.19 no supere el equivalente a US$ 1.000.000 incluido el monto por el cual se solicita el acceso al mercado de cambios. Esto ya estaba considerado en la normativa, pero ahora se amplía dicho monto a US$ 3.000.000 cuando se trate de pagos por la importación de productos relacionados con la provisión de medicamentos u otros bienes relacionados con la atención médica y/o sanitaria de la población o insumos que sean necesarios para la elaboración local de los mismos. La entidad deberá contar con una declaración jurada del cliente donde deje constancia que los productos a importar revisten tal condición.”

Las autoridades de ADIMRA mantuvieron la semana pasada una reunión con el Presidente del Banco Central, Miguel Pesce, y el Vicepresidente, Sergio Woyecheszen, y uno de los temas en la agenda fue plantear la importancia del acceso a divisas para las empresas que requieran insumos que no se fabrican localmente. Si bien con la normativa actual se resuelven algunos de los puntos planteados, desde la institución se continuarán elevando los casos de las empresas metalúrgicas que tengan dificultades para acceder al Mercado Único Libre de Cambios (MULC) para importar bienes que no se fabriquen en el país.

En este sentido, aquellas empresas metalúrgicas que hayan realizado el correspondiente pedido ante el banco, les solicitamos que completen el siguiente formulario para ser remitido a las autoridades correspondientes del BCRA https://forms.gle/DdFmsogk9rC8ccW16

Se adjunta el texto completo de la Comunicación para su lectura. Aquellas empresas que tengan consultas sobre el tema podrán contactarse con María Victoria Vidal (mvidal@adimra.org.ar).


4) Reunión de Política Industrial: martes 30 de Junio a las 16hs

Los invitamos a participar de la próxima reunión de la Comisión de Política Industrial. La misma tendrá lugar el día martes 30 de junio a las 16hs. por medio de la plataforma Zoom.

Orden del día:

– Presentación de mesas de trabajo

– Avanzar en la agenda de propuestas.

 

Para poder acceder a la reunión, se requiere de inscripción previa ingresando a: https://zoom.us/meeting/register/tJwkc-yorjkvH9aRdUELxiPcV_k_0UAV9soe donde recibirá las coordenadas para unirse a través de Zoom.

Archivos adjuntos:

Descargar PDF: «A7052»

 

Fuente: ADIMRA