
Nuevo Acuerdo Salarial entre UOMRA y Cámaras Metalúrgicas
El día 4/06, la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOMRA) y las cámaras empresarias del sector metalúrgico —con excepción de CAMIMA— firmaron un nuevo acuerdo salarial que regirá para el período comprendido entre abril y agosto de 2025.
La aplicación efectiva del acuerdo queda sujeta a su correspondiente homologación.
Quedan pendientes la presentación de planillas y la ratificación formal de las partes intervinientes.
Ver acuerdo AQUÍ
El acuerdo incluye los siguientes puntos destacados:
1) Incrementos salariales sobre los básicos de convenio:
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3,3% a partir del 1° de abril de 2025
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1,2% a partir del 1° de mayo de 2025
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1,1% a partir del 1° de junio de 2025
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1,0% a partir del 1° de julio de 2025
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1,0% a partir del 1° de agosto de 2025
2) Gratificación extraordinaria no remunerativa:
Se acordó el pago de una gratificación extraordinaria de carácter excepcional y no remunerativa, según el siguiente esquema:
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$30.000 con los haberes de abril 2025
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$25.000 con los haberes de mayo 2025
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$25.000 con los haberes de junio 2025
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$25.000 con los haberes de julio 2025
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$25.000 con los haberes de agosto 2025
3) Base de cálculo:
A partir del 1° de septiembre de 2025, se establece un incremento del 3,2% sobre los salarios básicos vigentes al 31 de agosto de 2025, a efectos de incorporar las sumas no remunerativas al salario.
4) Ingreso Mínimo Global de Referencia:
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$877.796 a partir del 1/4/25
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$882.351 a partir del 1/5/25
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$891.750 a partir del 1/6/25
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$900.389 a partir del 1/7/25
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$909.114 a partir del 1/8/25
Asimismo, las partes acordaron reunirse a partir del 15 de septiembre de 2025 para revisar el cierre del presente acuerdo, con vigencia hasta el 31 de agosto de 2025.