04 Nov 2021

Novedades Laborales: Repro + ASIMRA + SRT

1- Resolución 650/21 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social – Programa REPRO

La Resolución publicada en el Boletín Oficial estableció las siguientes  modificaciones al Programa Repro II

Monto del Beneficio:

– Sectores afectados  no críticos: nueve mil pesos

– Sectores críticos y de la Salud : veintidós mil pesos

En el caso que la remuneración neta percibida por el trabajador/a sea inferior a dicho valor el subsidio será igual al 70% de la remuneración neta (resultará aplicando el 83% a la total declarada en el F 931 de AFIP) hasta el máximo del beneficio establecido por la presente en pesos veintidós mil para sectores críticos y nueve mil para los sectores afectados no críticos.

Duración del beneficio: El beneficio se extenderá por un mes. Para acceder al mismo los empleadores deberán inscribirse en el Programa en forma mensual.
El alcance del Programa se determinará de acuerdo las solicitudes de los empleadores y empleadoras y su  situación económica, las condiciones de la economía nacional y el presupuesto asignado.

Criterios de preselección:

-Pertenecer al sector privado.

-No percibir subsidios del sector Público, excepto Programa ATP.

-Variación de facturación mes de referencia de 2021 y mismo mes de 2019 debe presentar una reducción del 20% en términos reales.

Criterios de selección:

– Variación porcentual del IVA compras.

– Endeudamiento (pasivo total/patrimonio neto).

– Liquidez corriente (activo corriente/pasivo corriente).

– Variación porcentual consumo energía eléctrica y gas.

– Variación porcentual costos laboral total y la facturación.

– Variación porcentual de las importaciones.

No se tendrá en cuenta la variación porcentual interanual de la facturación.

2- Disposición 92/2021 Dirección de Normativa Laboral – Topes indemnizatorios ASIMRA

Mediante la disposición de referencia se fijó el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el Tope Indemnizatorio, conforme con el Art. 245 de la LCT, correspondiente al Acuerdo Salarial suscripto con ASIMRA para los meses de enero y febrero de 2021 y que fuera homologado por la Resolución 38/2021 MT.

3- Disposición 2/2021 GCP – Riesgos del Trabajo – Valor suma fija

Esta normativa fijó el valor del Fondo para Fines Específicos en $ 49,98 para el devengado octubre y será abonado a partir del mes de noviembre de 2021.-

 

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